¿Cómo evitar ser sancionado por cancelar contratos laborales?

¿Cómo evitar ser sancionado por cancelar contratos laborales?

En medio de los cierres permanentes y temporales a los que las empresas se han visto sujetas durante el último año, es evidente que aparte de las finanzas de estas, el mayor golpeado es el trabajo de sus empleados.

Y es que la tasa de desempleo, según la Cámara de Comercio Industrias y Agricultura de Panamá, se elevaba, a finales del año pasado hasta un 18.5%, cifra que se constituye en la más alta durante los últimos 20 años. (Fuente Cámara de Comercio, Industria y Agricultura de Panamá (CCIAP)).

En aras de ayudar a muchas empresas deprimidas por la pandemia, se hizo pública, de manera casi refrescante, la sanción presidencial a la Ley 201 de 2021, qué establece medidas temporales para preservar el empleo y normalizar las relaciones de trabajo, pero aunque muchos empresarios y especialistas aún se releen sus beneficios y sus contras, es importante analizarla.

En esencia, la ley plantea la necesidad de contar con una hoja de ruta para el retorno gradual de los trabajadores, respaldando los puestos de trabajo mientras le da seguridad jurídica a las empresas.

Pero tengamos en cuenta que la Ley 201 de 2021, no aplica para todas las organizaciones sino sólo para aquellas que queden sujetas a la aplicación de las medidas de restricción de movilización toque de queda y cuarentena, y las cuales tengan que implementar modalidades como el teletrabajo el permiso remunerado y el trabajo a disponibilidad.

Incluso, en caso de que estas empresas no puedan hacer uso total o parcial de dichas modalidades de trabajo, podrán registrar la suspensión de los contratos de sus trabajadores, y dicha suspensión se mantendrá vigente mientras se apliquen las medidas de restricción ordenadas por el gobierno nacional y sus diferentes organismos.

Aunque es triste, visto desde el lado de los empleados, con esta ley las empresas pueden solicitar la suspensión de contratos de trabajo aunque tengan que realizar una solicitud formal a través de la plataforma virtual del Ministerio de desarrollo laboral teniendo que aportar algunos documentos en específico.

En el caso de solicitar la prórroga en la suspensión de contratos, las organizaciones panameñas que se acojan a esta norma, tendrán que presentar un memorial de solicitud, una copia de solicitud, o el proveído anterior, el aviso de operación de la empresa, una lista de sus trabajadores y un documento con el detalle de todos los datos de la empresa, así como la constancia de comunicación a los sindicatos y a los representantes laborales dentro de cada organización.

Para la terminación de la relación laboral, hay que tener en cuenta varias disposiciones. Una de ellas es el despido verbal injustificado en la medida que el empleador impida el reintegro del colaborador a su puesto de trabajo, una vez termine la suspensión del contrato.

Otro de los casos es el del mutuo consentimiento para el cual el empleador debe entregar una propuesta por escrito para que el trabajador la responda. Para este caso, existe un término irrenunciable no menor de 2 días hábiles. Para el caso que se firme este mutuo acuerdo sin respetar dicho termino, el trabajador podrá demandar la nulidad a la terminación de esta relación laboral.

La ley también tiene en cuenta el tema del cálculo de liquidaciones para los trabajadores a quienes se les haya suspendido su contrato o a quienes se les haya modificado su jornada laboral debido a los temas generados por la pandemia.

Para estos últimos se obliga a calcular la prima de antigüedad, vacaciones e indemnizaciones al momento de la terminación del contrato, promediando los salarios de los últimos 6 meses, o al último salario mensual antes del mes de marzo del 2020, y aplicando el más favorable para el trabajador.

Con respecto a la rotación de turnos, las empresas podrán establecer turnos de trabajo diferentes a los pactados originalmente, previo informe a los trabajadores con 48 horas de anticipación.

Finalmente cuando las empresas requieran reducir las jornadas laborales atendiendo las necesidades generadas por la pandemia, tendrán que hacer pactos de común acuerdo con sus trabajadores y con sus sindicatos.

Frente a todas estas nuevas normas, es importante que las empresas busquen asesoría profesional porque de esta puede depender una buena gestión de las acciones frente a sus empleadores según la nueva ley, o por otro lado, cuantiosas demandas por parte de sus colaboradores.