A preparar el cierre fiscal

A preparar el cierre fiscal

Con la buena noticia de la reapertura del comercio minorista, puesta en marcha el primero de febrero por el Gobierno Nacional, y que paulatinamente irá abriendo las diez provincias del país, algunas empresas sienten un respiro en medio de la debacle económica causada por la pandemia del COVID-19.

Y es que no todas las noticias son negativas, pues según el estudio de la Comisión Económica para América Latina y el Caribe CEPAL, llamado Balance Preliminar de las Economías de América Latina y el Caribe, le región tendrá un crecimiento positivo en 2021, y Panamá, en Particular, crecerá en un 5,5% durante los próximos doce meses.

Así las cosas, las empresas comienzan a ver una luz al final del túnel, pero de igual manera deben continuar cumpliendo con sus obligaciones mientras avanza el primer trimestre del año. Una de estas es la preparación del cierre fiscal, con la presentación de sus Declaraciones Juradas de Renta, y aunque muchas organizaciones y sus departamentos de contabilidad, sin importar la coyuntura actual tienen ya preparados los materiales para presentarlas, muchas otras, que siguen en plena contingencia, no lo han hecho.

Es por eso que BDO Panamá le recordamos a todas las organizaciones que pasan por momentos difíciles, 3 aspectos importantes que deben tener en cuenta para preparar sus declaraciones, que por demás vencen el próximo 31 de marzo:

  1. Determinar si a la compañía le aplica el cálculo alterno del impuesto sobre la renta (CAIR). Recordemos que el este gravamen aplica a las personas jurídicas cuyos ingresos gravables superan el B/.1,500,000. Para este efecto, la compañía deberá pagar el impuesto sobre la renta mayor a lo que resulte entre el método tradicional y el método CAIR, sin embargo, existe la opción de solicitar la no aplicación al CAIR siempre y cuando que el resultado por el método tradicional dé una pérdida, o que su tasa efectiva sea mayor al 25%.
  2. Preparar la conciliación entre los ingresos reportados en ITBMS, versus los ingresos incluidos en la declaración jurada de rentas. Para esta conciliación no puede olvidarse que, una vez finalizado el período fiscal, se deben conciliar los ingresos reportados en las 12 declaraciones juradas de ITBMS, en cuyo caso es necesario rectificar, verificando que el error o la omisión se encuentran en los registros contables.
  3. Recaudar las conciliaciones entre las compras reportadas en la Declaración Jurada de Rentas, versus las compras reportadas en las declaraciones juradas de ITBMS junto con los informes de compras y los de sus importaciones. En este caso es importante recordar que cada año se debe hacer esta conciliación con el fin de detectar posibles errores u omisiones en las cifras de los informes. Adicionalmente es fundamental investigar y documentar cada diferencia detectada, teniendo en cuenta que los informes de compras e importaciones se pueden rectificar sin límites y sin que esto acarree multas.
Analizar todos los requerimientos especificados para el cierre fiscal, no solo le ahorrará tiempo, también le permitirá entender cómo afrontar el proceso de recuperación económica que transita la nación. Por tanto, en BDO desarrollamos el informe ‘¿Estás preparado para el cierre fiscal 2020? En BDO te contamos…’ donde encontrará estos y otros puntos clave explicados de forma detallada por expertos con años de trayectoria en el sector legal y tributario. Descárguelo aquí.

 

Fuentes:

https://www.cepal.org/es/publicaciones/46501-balance-preliminar-economias-america-latina-caribe-2020