Nuevo procedimiento para verificar la autenticidad de certificados médicos de incapacidad

Artículo preparado por: Marta Aguilar, Gerente Senior de Planilla Outsourcing



El Decreto Ejecutivo N° 17 del 11 de agosto de 2025, emitido por el Ministerio de Salud, establece el procedimiento oficial para la solicitud de verificación de autenticidad de los certificados médicos de incapacidad presentados por los trabajadores.

Considerando que el certificado médico de incapacidad debe ser el reflejo fiel e indudable de la atención médica del paciente. El médico, ante las autoridades, es un testigo de la salud de un paciente y el certificado, un testimonio de este. Si el mismo no se ajusta a la realidad, el profesional se expone a un proceso administrativo independientemente de las acciones civiles y penales, por daños y perjuicios.

Que frente al elevado número de expedición de certificados de incapacidad, resulta necesario establecer requisitos y procedimientos para la solicitud de verificación de autenticidad del certificado médico de incapacidad.

Los médicos y odontólogos idóneos están facultados para expedir certificados de incapacidad impreso o electrónico, con numeración continua y sucesiva. Dichos certificados deberán contener el número de registro otorgado por el Consejo Técnico de Salud, el nombre completo del profesional emisor, así como la dirección y el número de teléfono del establecimiento o institución pública o privada en la cual se expide el certificado.

Una vez expedido el certificado de incapacidad, se dejará una copia en la que se registra el diagnostico, archivada en el expediente del paciente.

Todo certificado deberá indicar la fecha y hora en que se inicia y termina la incapacidad, de forma claramente legible.

Todo empleador con motivo de sospecha de su autenticidad, por causa de supuesta emisión fraudulenta, por razones de ilegitimidad o sin el debido examen del paciente por parte del médico podrá presentar el Formulario de Verificación de Autenticidad del Certificado Médico correspondiente para que se verifique el certificado de incapacidad, el cual se gestiona con el "Región de Salud".
 

Puntos clave del Decreto:

  • Objetivo: Garantizar que los certificados médicos de incapacidad emitidos sean auténticos y válidos.
  • Solicitantes autorizados: Podrán solicitar la verificación el empleador, la Caja de Seguro Social (CSS) y el propio trabajador.
  • Proceso: La solicitud debe realizarse al Ministerio de Salud (MINSA), siguiendo el formato y requisitos establecidos por la autoridad.
  • Verificación: El MINSA confirmará la autenticidad con el médico o centro de salud emisor del certificado.
  • Plazos: La entidad verificadora contará con un tiempo definido para emitir la respuesta, a fin de no retrasar trámites laborales o de seguridad social.
  • Importancia para empleadores: Evita el uso de documentos falsos y protege la correcta gestión de planilla y prestaciones.
 

Recomendación:

A partir de la entrada en vigor de este decreto, sugerimos a todos nuestros clientes que, en casos de duda, soliciten formalmente la verificación de los certificados médicos antes de proceder con el pago de incapacidades.
 
 

Para más información o asistencia en el proceso, nuestro equipo de Planilla Outsourcing está disponible para orientarles y gestionar las solicitudes conforme a la nueva normativa.
 

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