Decreto Ejecutivo 110 de 31 de marzo de 2021

Decreto Ejecutivo 110 de 31 de marzo de 2021

Mediante Decreto Ejecutivo 110 de 31 de marzo de 2021 los contribuyentes personas naturales o jurídicas que tengan períodos fiscales regulares, es decir, períodos terminados el 31 de diciembre, tendrán hasta el 17 de mayo de 2021 como plazo definitivo para presentar su declaración jurada de rentas correspondiente al período fiscal 2020. Esta extensión también aplica para el pago de los tributos que debieron ser cancelados al 31 de marzo de 2021.

Los contribuyentes personas naturales o jurídicas consideradas micro, pequeña y mediana empresa debidamente inscritas en el Registro Empresarial de Ampyme que hayan presentado su declaración jurada de renta correspondiente al  período fiscal 2020, podrán presentar una declaración rectificativa hasta el 17 de mayo de 2021, sin costo alguno para acogerse al beneficio establecido en la Ley 189 de 17 de diciembre de 2020.


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